BCC GastroExperts 

Concurso de Casos Clínicos de Enfermedades Esofágicas 

 

INTRODUCCIÓN 

Este proyecto consiste en un concurso de casos clínicos prácticos relacionados con el tratamiento de enfermedades esofágicas, cuyo objetivo principal es permitir a médicos de España comunicar sus experiencias en la práctica clínica habitual, aprender de las experiencias del resto de los compañeros de la especialidad, y reforzar el compromiso de ALFASIGMA ESPAÑA, S. L. con la promoción de actividades que puedan resultar de interés para la práctica profesional.  

 

BASES REGULADORAS 

PRIMERA - OBJETO  

ALFASIGMA ESPAÑA, S. L. con domicilio en Carrer Aribau 195, 4ª planta, 08021 Barcelona y CIF B61787057 (en adelante, ORGANIZADOR) organiza la primera edición del concurso de casos clínicos sobre enfermedades esofágicas bajo el nombre GastroExperts (en adelante, Concurso), que se desarrollará vía telemática a través de la página web https://gastroexperts-casosclinicos.es/  

La secretaría técnica del Concurso corre a cargo de EDICIONES MAYO, S.A.U., con domicilio social en Barcelona, Calle Aribau, 185-187, 2.ª planta, 08021 y CIF A-08735045 (en adelante, SECRETARÍA TÉCNICA). 

El Concurso se desarrolla desde el 16 de enero de 2026 hasta el 24 de abril de 2026 a las 23:59 horas. Los ganadores se darán a conocer el 8 de mayo de 2026. El calendario del Concurso está estipulado en la Base 4ª de las presentes Bases Reguladoras.  

La participación a la convocatoria del Concurso implica la aceptación expresa de las Bases Reguladoras por parte de los Participantes en el momento de formalizar su participación mediante la activación de la casilla correspondiente.  

SEGUNDA - REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN 

2.1.- Podrán participar en el Concurso exclusivamente personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos: 

Ser profesionales sanitarios en activo, con titulación oficial válida en España, debidamente colegiados en el correspondiente colegio profesional y legalmente habilitados para ejercer su actividad asistencial en el territorio nacional. 

Desarrollar su actividad profesional en centros sanitarios, públicos o privados, legalmente autorizados en España, en los que se haya empleado el Producto como parte del abordaje terapéutico de pacientes. 

Contar con experiencia clínica directa y personal en la utilización del Producto en el contexto del caso clínico que se presenta a Concurso. 

Presentar un caso clínico real, original, veraz y científicamente relevante, que describa de forma rigurosa la situación clínica del paciente, las decisiones diagnósticas y terapéuticas adoptadas, la utilización del Producto y los resultados obtenidos. 

Asegurarse de que el caso clínico: 

No incluya datos personales identificativos del paciente (nombre, apellidos, número de historia clínica, fechas concretas, domicilio, etc.). 

Elimine o anonimice adecuadamente cualquier información o imagen que pudiera permitir directa o indirectamente su identificación, incluyendo elementos visuales distintivos como tatuajes, manifestaciones cutáneas (nevos, manchas, …), cicatrices reconocibles, accesorios personales u otros rasgos identificativos. 

Cuente, en su caso, con el consentimiento informado expreso y por escrito del paciente para el uso del caso clínico, y en su caso, de imágenes clínicas u otra información sensible, conforme a la legislación vigente. 

Cumplimentar íntegramente y de forma veraz el Formulario de Participación habilitado por el ORGANIZADOR, incluyendo todas las declaraciones requeridas y aceptando de manera expresa e incondicional las presentes bases legales. 

Garantizar que el caso presentado no ha sido previamente publicado ni presentado en otros concursos, jornadas, congresos o publicaciones científicas, y que su divulgación no infringe derechos de propiedad intelectual, confidencialidad ni normas de secreto profesional. 

Actuar de conformidad con los principios deontológicos, las normas éticas aplicables a la profesión sanitaria y el Código de Farmaindustria y el Código de Anefp. 

Comprometerse a colaborar con el ORGANIZADOR en caso de que se requiera la verificación de la información proporcionada o el envío de documentación adicional para fines de validación. 

El ORGANIZADOR se reserva el derecho de solicitar las credenciales pertinentes a los Participantes ganadores en el momento de formalizar la aceptación y entrega de premios.  

2.2.- Los casos deberán presentarse exclusivamente en lengua española ciñéndose a la siguiente estructura: 

Título del caso 

Autor responsable 

Nombre 

Primer apellido 

Segundo apellido 

Especialidad 

Cargo 

Email 

Comunidad autónoma 

Centro de trabajo 

Otros autores (si procede) 

Nombre 

Apellidos 

Caso clínico 

Resumen/Abstract 

Palabras clave 

Anamnesis e historia clínica 

Edad 

Género 

Motivo de consulta 

Posible factor o tratamiento desencadenante 

Antecedentes personales 

Tratamientos farmacológicos previos o actuales e intervenciones quirúrgicas relacionadas 

Exploración física 

Síntomas – intensidad y frecuencia 

Complicaciones 

Otras pruebas (opcional) 

Diagnóstico y evolución del paciente 

Diagnóstico del paciente 

Tratamiento 

Manejo de manifestaciones y complicaciones durante el tratamiento 

Discusión/Conclusiones 

2 preguntas del Caso Clínico 

Bibliografía 

Declaración de uso de herramientas de inteligencia artificial (en caso de haber utilizado este tipo de herramienta, ver Base 11ª ) 

 

Solo serán válidos aquellos casos que se hayan redactado utilizando la plantilla que encontrará en la web del Concurso https://gastroexperts-casosclinicos.es/ 

El número de casos clínicos (en adelante, Caso/s Clínico/s) que puede presentar un mismo autor a la plataforma y que computen para la convocatoria del Concurso está limitado a 3 casos 

El primer firmante del Caso Clínico (autor principal) garantiza que su presentación al Concurso no implica un conflicto de intereses con el servicio médico o el equipo de trabajo en el que respectivamente, tanto él como el resto de los autores que pudieran firmar el Caso Clínico, desarrolla/n su actividad asistencial.  

2.3.- Quedan expresamente excluidos de la participación en el Concurso: 

Los empleados del ORGANIZADOR, de sus filiales o empresas del grupo empresarial. Tampoco podrán participar aquellas personas que, aun sin mantener una relación laboral directa con dichas entidades, se encuentren en una situación que pudiera dar lugar a un conflicto de interés, incluyendo, a título enunciativo, familiares directos, allegados o personas con vínculos personales o profesionales que puedan comprometer la imparcialidad del proceso de selección y adjudicación de premios. 

Los empleados y colaboradores de las agencias, consultoras o proveedores que intervienen en la conceptualización, organización o gestión del Concurso. 

Cualquier persona que tenga una relación contractual directa o indirecta con Alfasigma España que pueda suponer un conflicto de intereses o una ventaja indebida respecto del resto de Participantes. 

TERCERA – CÓMO PARTICPAR 

Para presentarse al Concurso, los Participantes deben estar registrados en la plataforma de casos clínicos (https://gastroexperts-casosclinicos.es/), un repositorio de casos clínicos sobre enfermedades esofágicas, para la consulta y la publicación de casos, y una herramienta que permite compartir conocimientos y aprendizajes a médicos/as. Los Participantes podrán conseguir puntos con la publicación de un Caso Clínico que será evaluado por un Comité Científico a partir de unos Criterios Objetivos (ver Base 6ª de las presentes Bases Reguladoras).  

En los supuestos en que el/la autor/a de un Caso Clínico candidato sea más de una persona, el registro debe ser formalizado por el/la autor/a principal del Caso Clínico, quedando a la discreción de las personas autoras decidir a quién le corresponde este estatuto. Los premios serán otorgados a las personas que consten como autores principales del Caso Clínico, en el supuesto que éste resulte ganador.  

CUARTA – FECHAS DE COMIENZO Y FINALIZACIÓN 

El Concurso empieza el 15/1/2026. Los Participantes podrán presentar sus Casos Clínicos hasta el día 24/04/26 a las 23:59 horas.  

El ORGANIZADOR se reserva el derecho de variar las fechas de desarrollo del Concurso, así como la fecha en la cual se darán a conocer los ganadores. Tanto el ORGANIZADOR como la SECRETARIA TÉCNICA se reservan el derecho de cancelar la convocatoria del Concurso, si antes del final del periodo de participación no se han recibido un mínimo de diez (10) Casos Clínicos, a fin de garantizar una concurrencia variada y plural. La cancelación del Concurso no comportará ningún reconocimiento a los autores que hubieran enviado un Caso Clínico durante el período previo. En estos supuestos de suspensión del Concurso, los Casos Clínicos quedarán en la plataforma para la siguiente edición del Concurso, si la hubiera. El ORGANIZADOR no adquiere ninguna obligación en convocar una nueva edición del Concurso. Sin perjuicio de lo anterior, los Casos Clínicos quedarán incluidos dentro del repositorio de la Biblioteca.  

QUINTA – COMITÉ CIENTÍFICO 

El Comité Científico estará integrado por tres (3) profesionales, cuya práctica clínica se centra en el manejo de los pacientes con enfermedades esofágicas en España: 

Dra. Carolina Malagelada. Servicio de Aparato Digestivo del Hospital Universitari Vall d’Hebron.  

Dr. Francisco Javier Santos. Jefe de Sección de Aparato Digestivo del Hospital Universitari Vall d’Hebron. 

Prof. Ángel Lanas. Servicio de Enfermedades Digestivas del Hospital Universitario Lozano Blesa 

El Comité Científico valorará los casos y, siguiendo unos Criterios Objetivos, les otorgará una puntuación (descrita en la Base 6ª de las presentes Bases Reguladoras). 

La participación en el Concurso implica la aceptación de estas Bases Reguladoras, así como el fallo inapelable del Comité Científico. 

SEXTA – EVALUACIÓN POR EL COMITÉ CIENTÍFICO 

El Comité Científico puntuará los Casos Clínicos presentados teniendo en cuenta los siguientes Criterios Objetivos de evaluación: 

Originalidad (0-50 puntos)  

Complejidad (0-50 puntos)  

Calidad científica (0-50 puntos)  

Innovación (0-50 puntos)  

Impacto (0-50 puntos)  

Imágenes (0-50 puntos)  

La puntuación final de cada Caso Clínico se obtendrá a partir de la suma de la puntuación de cada uno de los criterios.  

Cuando el Caso Clínico obtenga la aprobación final del Comité Científico y aparezca publicado en la web, el usuario que ha enviado el caso clínico recibirá en su perfil los puntos otorgados. Cada usuario visualizará únicamente sus puntos.  

Para poder puntuar los Casos Clínicos será preciso que los Casos Clínicos cumplan con todas las Bases aquí estipuladas. 

SÉPTIMA – PREMIOS Y CONDICIONES DE LOS PREMIOS 

El Caso Clínico ganador del primer premio será aquel que haya obtenido la mayor puntuación. Se adjudicará el segundo y el tercer premio, respectivamente, a aquellos Participantes cuyas puntuaciones ocupen la segunda y tercera mejor posición del ranking de acuerdo con los criterios de evaluación de la Base 6ª de las presentes Bases Reguladoras. 

La decisión será responsabilidad exclusiva del Comité Científico y, en ningún caso el ORGANIZADOR ni EDICIONES MAYO tendrán influencia sobre la elección de los Casos Clínicos ganadores.  

En el caso de existir empate entre más de un Caso Clínico, los tres (3) miembros del Comité Científico seleccionarán el/los Caso/s Clínicos ganador/es en función de la calidad y la complejidad de los mismos.  

El Caso Clínico ganador recibirá un premio en metálico de 1.500,00 €, mientras que el segundo y tercer caso clínico finalistas serán premiados con un premio en metálico de 1.000€ y 500€, respectivamente. Los importes indicados son importes netos.  

Los premios no podrán cambiarse por otros premios a petición de los ganadores. Los premios se entregarán de forma nominal al Participante que conste como presentador del Caso Clínico ganador.  

Los concursantes solo podrán optar a un (1) premio. 

El ORGANIZADOR se reserva el derecho de declarar desierto uno o varios premios, si los Casos Clínicos presentados no alcanzan el nivel científico y formal requerido. 

El ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar el valor de los premios o cambiarlos por premios en especie si lo considera pertinente. En este supuesto lo comunicará a los Participantes/Ganadores con antelación suficiente a través de la página web del Concurso. La modificación del importe o de la tipología de los premios se realizará, en todo caso, con carácter ventajoso para los Participantes. 

La SECRETARÍA TÉCNICA se pondrá en contacto con los ganadores a través de la dirección de correo electrónico que se haya indicado en el formulario de registro, no antes del 8 de mayo de 2026. Una vez recibida esta comunicación, el ganador dispone de un plazo de cinco (5) días naturales para responder y aportar: DNI, nombre completo y apellidos y confirmar su interés en recibir el premio. Así mismo, deberán aportar el Certificado de Titularidad de la cuenta bancaria donde desean que se realice el ingreso del importe del premio.  

En el caso de que no fuera posible localizar por correo electrónico a alguno/s de los Participantes en el plazo estipulado (cinco (5) días), o bien si alguno/s de los ganadores rechazasen el premio que le hubiere correspondido expresamente, por cualquier causa, el ORGANIZADOR y la SECRETARÍA TÉCNICA acudirán a los registros de reserva por orden de clasificación.  

Ni el ORGANIZADOR ni la SECRETARIA TÉCNICA tendrán más obligaciones en relación con los Participantes con los que no hubiera sido posible contactar en los plazos aquí establecidos o con los ganadores que rechacen el premio que les hubiera correspondido según lo previsto en las presentes Bases Reguladoras. 

Tanto el ORGANIZADOR como la SECRETARÍA TÉCNICA quedarán exentos de toda responsabilidad que pudiera derivarse de los posibles errores existentes en los datos facilitados por los Participantes, en el caso de que no sea posible su identificación o localización. Es obligación de los Participantes facilitar datos correctos, verdaderos y actualizados y en todo caso, mantenerlos actualizados durante toda la vigencia del Concurso. 

OCTAVA – INFORMACIÓN FISCAL 

Todos los impuestos que se puedan devengar con ocasión de la entrega de los premios del presente Concurso serán a cargo del ORGANIZADOR y en su caso el ORGANIZADOR detraerá del importe de los premios las retenciones o ingresos a cuenta que esté obligado a ingresar a la Hacienda Pública.  

De conformidad con la normativa aplicable, se informa a los Participantes en el presente Concurso de que los premios en metálico concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, el ORGANIZADOR practicará el correspondiente ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.   

Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.  

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido. 

NOVENA – USO NOMBRE Y APELLIDOS DE LOS PARTICIPANTES 

Los Participantes en el Concurso consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros para su publicación a través de los medios que el ORGANIZADOR estime más convenientes, incluidos medios de comunicación (radio, televisión, redes sociales propias del ORGANIZADOR y de la SECRETARÍA TÉCNICA, plataformas online corporativas del ORGANIZADOR y de la SECRETARIA TÉCNICA, en foros, podcasts, entre otros, tanto del ORGANIZADOR como de la SECRETARÍA TÉCNICA) por el máximo periodo legal, en cualquier lengua, para todo el Universo y facultad de cesión a terceros, sin ninguna otra remuneración o reconocimiento. 

DÉCIMA – DATOS PERSONALES DE LOS PARTICIPANTES 

Conforme al artículo 13 de la LOPDGDD, le informamos que sus datos personales serán tratados por Alfasigma España, S.L. con la finalidad de llevar a cabo el Concurso (incluyendo la publicación de los ganadores) en base a la ejecución de la relación contractual al aceptar las bases del Concurso, la publicación de sus datos identificativos en base a su consentimiento y el cumplimiento de obligaciones legales al amparo de una norma. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad mediante solicitud dirigida a privacy.es@alfasigma.com o ante la AEPD. Puede consultar la información adicional y detallada en la política de privacidad disponible en https://gastroexperts-casosclinicos.es/ en el apartado política de privacidad.  

Asimismo, se informa al participante de que el nombre y los apellidos de las personas ganadoras, así como otros datos identificativos, podrán ser publicados con ocasión de la resolución y difusión del resultado del concurso. 

Los datos deberán ser facilitados por el participante de forma veraz. Cualquier comunicación falsa de datos personales dará derecho a los organizadores del presente Concurso a descalificar al ganador para participar y poder disponer del correspondiente premio. El ORGANIZADOR queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en la captura o trascripción de los datos facilitados por los propios Participantes que impidiera su identificación. El ORGANIZADOR podrá solicitar a los premiados su identificación mediante fotocopia de DNI, u otra documentación válida para verificar su identidad y su mayoría de edad. 

Los datos personales de los Participantes serán incorporados a un fichero titularidad del ORGANIZADOR y serán gestionados por la SECRETARIA TÉCNICA con la finalidad de dirigir la participación en el Concurso y mantener los comunicados necesarios con los Participantes, así como a los efectos de promocionar, gestionar y desarrollar el Concurso, y su uso posterior en los medios de comunicación que el ORGANIZADOR estime oportunos, entre ellos su página Web o redes sociales. Asimismo, después de que el Concurso haya tenido lugar, los Participantes podrán recibir agradecimientos por la participación e invitaciones a futuras convocatorias de Concursos.  

En algunos casos, para el tratamiento de sus datos, podemos utilizar proveedores de servicios especializados. Dichos proveedores de servicios son cuidadosamente seleccionados y monitorizados regularmente por nosotros. Con base en los respectivos contratos de encargado de tratamiento de datos, solo tratarán los datos personales según nuestras instrucciones y estrictamente de acuerdo con nuestras directivas. Los datos no se comunicarán a terceros, salvo en los casos en que exista una obligación legal o sea necesario, para cumplir con las obligaciones contractuales. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con nuestras obligaciones legales, que se deriven de la participación en el Concurso. 

Tiene derecho a solicitarnos información sobre sus datos personales, así como el acceso a ellos, su rectificación, supresión o la limitación de su tratamiento, a oponerse al tratamiento, a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, además del derecho a la portabilidad de los datos. De igual modo, tienen el derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada. Podrán ejercer los derechos antes mencionados contactando con el Delegado de Protección de Datos mediante escrito dirigido a la Oficina de Protección de Datos de ALFASIGMA ESPAÑA, S.L., Carrer Aribau 195, 4ª planta, 08021 Barcelona o mediante e-mail dirigido a privacy.es@alfasigma.com 

Asimismo, tendrá derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control, esto es Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan nº6, 28001, Madrid. 

DÉCIMO PRIMERA – DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL 

Mediante su participación, el autor del Caso Clínico declara que: 

Es el legítimo autor y titular de todos los derechos de propiedad intelectual sobre el contenido del caso clínico presentado (incluyendo, a título enunciativo, pero no limitativo, textos, imágenes y cualquier otro material que forme parte del mismo), o bien que cuenta con todas las autorizaciones, licencias y cesiones necesarias por parte de los legítimos titulares para su utilización y comunicación en el marco del Concurso. 

Garantiza que el contenido del caso no infringe derechos de terceros, incluidos los derechos de imagen, propiedad intelectual o confidencialidad, y que se han recabado todos los consentimientos necesarios, en particular el consentimiento informado del paciente, en caso de que se utilicen imágenes clínicas, incluso anonimizadas. 

Garantiza que en el supuesto de haber utilizado herramientas de inteligencia artificial (IA) en la elaboración del Caso Clínico, el porcentaje de uso de ésta no supera el veinte (20) por ciento. En este supuesto, el autor del Caso Clínico acompañará el Caso Clínico con una declaración por escrito con el siguiente contenido: (a) la descripción de la/s herramienta/s utilizada/s; (b) indicación de los contenidos en los que se ha/n empleado las herramientas de IA; (c) descripción, incluyendo imágenes, de las fases de creación de estos contenidos; (d) los datos identificativos del proveedor de la/s herramienta/s de IA utilizada/s; (e) garantía de no se infringen con el uso de las herramientas de IA derechos de terceros y de que se disponen en todo caso de todas las autorizaciones; (f) garantía de que se han aplicado procesos de supervisión humana tanto en los prompts como en los resultados; (g) garantía de que no sean vulnerado el derecho a la protección de datos personales.  

Cede de forma no exclusiva, gratuita, irrevocable, sin límite temporal y con ámbito territorial mundial y universal a favor del ORGANIZADOR, todos los derechos de explotación del contenido del caso clínico —incluyendo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación— con fines científicos, divulgativos, promocionales y/o corporativos, en cualquier medio, formato o canal (incluyendo medios digitales, audiovisuales, impresos, redes sociales, página web corporativa, plataformas internas o bibliotecas clínicas). 

El ORGANIZADOR podrá publicar los casos en una biblioteca de casos clínicos, en su página web, materiales impresos o audiovisuales, así como en redes sociales u otros canales. 

En ningún caso el ORGANIZADOR será responsable por reclamaciones de terceros derivadas de la infracción de derechos sobre los contenidos presentados por los P Participantes, siendo estos últimos los únicos responsables a todos los efectos. 

El autor principal es responsable de la originalidad de los textos e imágenes aportados al Concurso y exime al ORGANIZADOR y a la SECRETARIA TÉCNICA de las potenciales reclamaciones que en concepto de autoría y explotación patrimonial puedan realizarse sobre una parte o la totalidad del material aportado. El autor asegura que el material, tanto el escrito como el iconográfico, goza de las autorizaciones correspondientes para el uso aquí previsto, así como para la cesión de los derechos de explotación que, con su incorporación al referido Concurso, otorga. 

DÉCIMO SEGUNDA - TRANSPARENCIA 

El ORGANIZADOR informa a los Participantes que el día 27 de mayo de 2016 entraron en vigor unas modificaciones en el Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica de Farmaindustria, cuyo objeto es publicar de forma individual las transferencias de valor a profesionales sanitarios realizadas a partir del día 1 de enero de 2017. 

La Agencia Española de Protección de Datos reconoce el interés legítimo por la transparencia y, por tanto, no será preciso el consentimiento de los interesados para realizar la publicación de los datos individuales, de acuerdo con el artículo 7.f) de la Directiva 95/46/CE; según su informe de fecha 22 de abril de 2016 (el cual se encuentra disponible en la página web de la AEPD). 

Mediante el envío de cualquier Caso Clínico y respuesta a las preguntas de otros Casos Clínicos, el participante confirma conocer que, en caso de ser ganador, el ORGANIZADOR publicará las transferencias de valor realizadas en relación con este Concurso de forma individualizada. 

DÉCIMO TERCERA - RESERVAS Y LIMITACIONES 

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en estas Bases supondrá la anulación automática de la participación en la presente convocatoria del Concurso. 

En cualquier caso, y sin limitar los derechos de los Participantes, el ORGANIZADOR se reserva el derecho a realizar cualquier modificación de las presentes Bases. Dichas modificaciones serán debidamente comunicadas a los Participantes a través de la página web del Concurso. 

El ORGANIZADOR se reserva del derecho de anular o suspender la convocatoria del Concurso si por causas técnicas o de cualquier otra índole ajena a su voluntad no puede cumplir con el normal desarrollo de la misma, según lo estipulado en las presentes Bases. 

Igualmente, se podrá declarar nula la convocatoria si se detectan irregularidades en los datos de los Participantes o en los materiales que hagan llegar para concurrir. Se descartarán automáticamente las participaciones abusivas o fraudulentas. 

DÉCIMO CUARTA - ENTORNO DIGITAL 

De acuerdo con lo establecido en el Código de Farmaindustria, el ORGANIZADOR toma todas las medidas adecuadas para evitar la divulgación de contenidos reproducidos durante reuniones organizadas o patrocinadas mayoritariamente por la compañía. En este sentido, se considerará «Divulgación» cualquier comunicación realizada a través de redes sociales u otro canal medio o soporte de comunicación. Asimismo, el Participante declara que no realizará ninguna publicación en redes sociales sobre el Concurso ni su participación en él, salvo previa autorización por el ORGANIZADOR. Asimismo, aun habiéndose autorizado de forma previa, el Participante asegura que no realizará ninguna Divulgación, según definida anteriormente que pueda constituir directa o indirectamente la promoción de medicamentos de prescripción al público en general. 

DÉCIMO QUINTA – DESISTIMIENTO UNILATERAL 

El Participante podrá abandonar el Concurso en cualquier momento, en cuyo caso perderá los derechos atribuidos en función del mismo y sin que ello de derecho a remuneración o indemnización alguna. 

DÉCIMO SEXTA - CUMPLIMIENTO NORMATIVO 

El Participante cumplirá y observará las leyes, reglamentos, normas, usos y disposiciones de cualquier autoridad gubernamental o de otra clase que tenga jurisdicción, así como aquellas otras leyes y normas que sean aplicables. 

El Participante se compromete a: 

a) A abstenerse de dar o prometer dinero, comisiones o cualquier otro beneficio de carácter no dinerario a funcionarios públicos, terceras personas o empresas, representantes legales del ORGANIZADOR, directores, empleados o cualquiera que actúe en nombre del ORGANIZADOR. 

b) A comunicar, siempre y en cualquier caso al ORGANIZADOR cualquier proposición u oferta de lo citado en el apartado (a). 

c) A abstenerse de llegar a acuerdos de manera independiente con administradores o empleados del ORGANIZADOR. 

DÉCIMO SÉPTIMA - CONFIDENCIALIDAD 

El Participante declara y acepta que tiene la consideración de confidencial («Información Confidencial») toda la información, documentación, métodos, organización y actividades relacionadas con el ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA o con sus negocios, que obtenga o le sea expuesta con ocasión de su participación en el Concurso. 

El Participante se compromete a no emplear la Información Confidencial a otros efectos distintos de los derivados de la participación, así como a no revelarla, entregarla o suministrarla, ya sea en todo o en parte, a terceros, salvo que medie la autorización previa y por escrito del ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA. 

En caso de finalización del Concurso, por cualquier causa, el Participante se compromete a hacer entrega de forma inmediata al ORGANIZADOR y a la SECRETARIA TÉCNICA de toda la Información Confidencial que obre en su poder o en poder de sus empleados, sin que el Participante tenga derecho a conservar copia alguna de la mencionada Información Confidencial. 

A efectos de garantizar la confidencialidad el Participante se obliga a: 

Garantizar que únicamente el Participante tendrá acceso a la Información Confidencial, o en su caso, sus colaboradores autorizados. 

Dichos colaboradores autorizados deberán ser informados por el Participante acerca de la índole confidencial de la Información derivada o relacionada con el Concurso, y de sus responsabilidades. 

No divulgar o explotar, sea cual fuere la modalidad, la Información Confidencial suministrada por el ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA y los resultados o relaciones derivados de la misma. 

No elaborar copias o duplicados de la Información Confidencial. 

El Participante no podrá utilizar la Información Confidencial ni ningún resultado de la misma de ninguna forma, lo que incluye, entre otras, el publicitarse en sus catálogos, páginas web, simposios o cualquier otro soporte de comunicación, salvo que tenga el previo consentimiento por escrito del ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA. 

No quedan comprendidas dentro de la obligación de confidencialidad aquí prevista la información recibida que: (i) ya sea conocida antes de su transmisión y se pueda justificar la legítima posesión de la información y esta no sea sensible para el negocio del ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA; (ii) sea información de general o público conocimiento; (iii) haya sido recibida de terceros legítimos titulares de la misma, sin que recaiga sobre ella obligación de confidencialidad; (iv) haya sido desarrollada sin haber utilizado total o parcialmente información del ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA y pueda ello ser demostrado documental y plenamente; (v) haya sido su transmisión a terceros aprobada previamente, por escrito y sin restricciones por el ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA; y/o (vi) haya sido solicitada por una autoridad administrativa o judicial. 

La obligación de mantener confidencial la referida Información se mantendrá vigente e invariable, aún tras la finalización del mismo, por plazo indefinido. 

DÉCIMO OCTAVA – RESPONSABILIDAD 

Correrán a cargo del Participante todas las responsabilidades de cualquier índole, por cualesquiera daños directos, indirectos o incidentales que, como consecuencia de omisiones o defectos en la participación, puedan ocasionarse al ORGANIZADOR y a la SECRETARIA TÉCNICA. 

Las eventuales infracciones y sanciones que puedan derivarse del incumplimiento por el Participante de lo establecido en este documento serán asumidas íntegramente por el Participante, sin que pueda resultar exigible al ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA responsabilidad alguna, de carácter solidario o subsidiario. 

El incumplimiento de cualquier obligación por parte del Participante dará lugar a su eliminación del Concurso y sin que ello confiera derecho a indemnización alguna. 

El ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA se reservan el derecho de excluir del Concurso a aquellos Participantes que sospeche o detecte que hayan proporcionado datos fraudulentos. A estos efectos, el ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA podrán solicitar a todos los Participantes, y, en especial, a los Participantes del Equipo Ganador, la información y documentación necesaria para confirmar el cumplimiento de las Bases Reguladoras del Concurso. La falta de entrega de la información o documentación solicitada conllevará la eliminación inmediata del Participante del Concurso. 

Asimismo, el ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA se reservan el derecho a denegar la participación o a expulsar a un Participante del Concurso, en aquellos supuestos en los que, en su opinión razonable, un Participante infrinja algún punto de las presentes Bases Reguladoras. 

El ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA quedarán eximidos de toda obligación o compensación a los Participantes si por causa de fuerza mayor, por imperativo legal, o por cualquier otra causa no imputable al ORGANIZADOR y a la SECRETARIA TÉCNICA, el Concurso fuera suspendido o anulado, total, o bien parcialmente. En todo caso, cualquier suspensión o anulación sería debidamente comunicada a los Participantes del Concurso. 

El ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA no se responsabilizan del extravío de la información relativa a los Participantes por causas ajenas al ORGANIZADOR y/o a la SECRETARIA TÉCNICA (por ejemplo, un problema de conexión a Internet por parte del Participante, un fallo temporal por cualquier razón en los servidores de Internet, etc.) o de la ilegibilidad o imposibilidad de tratamiento de tales datos (por ejemplo, debido al uso de equipo / hardware o programas no adecuados para la realización del registro o la inscripción, etc.). 

No se puede reclamar el derecho de poder acceder en todo momento a la web https://gastroexperts-casosclinicos.es/ . El ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA disponen del derecho de suspender dicho servicio en todo momento sin verse obligados a indicar las causas. El ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA no garantizan el acceso permanente a dicha web. 

El ORGANIZADOR y la SECRETARIA TÉCNICA no se harán responsables de ningún incidente o percance que pudiera sucederle a los Participantes ni de las consecuencias de éstos, y en general no se hará responsable de ningún incidente que pudiera acontecer durante el disfrute del Premio cualquiera que sea su naturaleza. 

DÉCIMO NOVENA – CESIÓN DE LA PARTICIPACIÓN Y DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS ASOCIADOS 

El Participante no podrá ceder, ni total ni parcialmente, bajo ningún título jurídico, su participación en el Concurso, ni ninguno de los derechos y obligaciones derivados, salvo acuerdo expreso y escrito adoptado por en tal sentido por el ORGANIZADOR, la SECRETARIA TÉCNICA y el Participante. 

VIGÉSIMA – SEPARATABILIDAD 

En el caso de que cualquiera de las Bases Reguladoras fuera declarada como inválida o ilegal, dicha Base y su provisión deben considerarse como separado e independiente de las restantes Bases, considerándose las mismas válidas y legales. 

VIGÉSIMO PRIMERA – RECLAMACIONES 

Cualquier reclamación relacionada con las presentes Bases Reguladoras debe enviarse por escrito a la siguiente dirección de correo: privacy.es@alfasigma.com, dentro del plazo de los treinta (30) días siguientes a la fecha límite de participación en el Concurso, como se indica en estas Bases Reguladoras. Transcurrido dicho plazo, el ORGANIZADOR no atenderá ninguna reclamación. 

VIGÉSIMO SEGUNDA - INDEPENDENCIA DEL PROFESIONAL SANITARIO 

Mediante la aceptación de las presentes Bases Reguladoras los Participantes afirman que participan en el Concurso de forma voluntaria y que el ORGANIZADOR y/o la SECRETARIA TÉCNICA no han influido de ninguna forma en su independencia como Profesional Sanitario. 

VIGÉSIMO TERCERA - ACEPTACIÓN DE LAS BASES, PUBLICACIÓN Y DEPÓSITO NOTARIAL 

La aceptación de estas Bases Reguladoras es una condición necesaria para la participación en el Concurso de Casos Clínicos sobre enfermedades esofágicas. Asimismo, la presentación de un Caso Clínico supone la aceptación de estas Bases Reguladoras. 

Las presentes Bases Reguladoras son depositadas ante los Notarios D. Juan Antonio Andújar Hurtados y D. Emilio Roselló Carrión, del Ilustre Colegio de Notarios de Catalunya, dependiendo de la disponibilidad del fedetario público. Las Bases Reguladoras podrán ser consultadas previa solicitud en caso de controversias. 

En Barcelona, 14 de enero de 2026